
MULTAS POR NO IR A VOTAR - DIA DE ELECCIONES DOMINGO 26 DE OCTUBRE 2025 -



Esta excepción también se extiende a las personas mayores de 70 años, quienes, según la misma normativa, no tienen la obligación de participar en las jornadas electorales.
También están exceptuados de votar: los jueces y sus auxiliares que deban cumplir funciones en sus oficinas durante las elecciones; quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación; las personas declaradas “dementes”; los condenados por delitos dolosos con pena privativa de la libertad; y quienes hayan sido sancionados por infracciones a las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos.
Para justificar la ausencia en las elecciones, es necesario realizar un trámite a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral (CNE), donde se encuentra el registro de infractores. Allí, en la sección de consulta, se deben ingresar los siguientes datos: número de documento, género, distrito electoral y un código de validación que solicita la página.Este trámite puede realizarse hasta 60 días hábiles después de la elección para evitar el pago de la multa. Si la CNE acepta la justificación, no será necesario abonar la multa.






HOY EL PAIS , LAS FAMILIAS , LAS MADRES, LAS ABUELAS, LAS TIAS, LAS HERMANAS ESTAMOS DE LUTO.-




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