
SI TIENEN LAS VACUNAS PODRÀN PASEAR POR LA ARGENTINA -



El Gobierno oficializó el transporte de mascotas en trenes y micros de larga distancia. Entre las condiciones que surgieron, se describe qué es un animal de compañía/doméstica, la cantidad que se podrá transportar y las condiciones de las empresas de transporte, entre otras.
En la previa del inicio de la temporada de verano, el Gobierno autorizó el viaje con mascotas en los servicios de transporte de larga distancia, tanto en micros como en trenes, siempre que se cumpla una serie de requisitos vinculados a la seguridad, la higiene y la comodidad del resto de los pasajeros. Un documento oficial respondió a las principales dudas que pueden llegar a surgir tras la confirmación de la medida. En primer lugar, se autoriza el traslado de "animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia de Jurisdicción Nacional", es decir entre provincias y Ciudad de Buenos Aires.
Restricciones de cupo y peso
Límite por pasajero: Se permite únicamente un (1) animal doméstico por pasajero mayor de edad.
Capacidad de la unidad: Las empresas pueden limitar el número total de mascotas por servicio (generalmente hasta dos por unidad) para evitar conflictos territoriales o ruidos excesivos.
Peso máximo: Si bien la norma general no establece un kilaje estricto, las principales empresas del sector están adoptando un límite de 10 kg (incluyendo el contenedor) para garantizar la seguridad en el anclaje de los asientos.
Tarifas y servicios diferenciales.-El costo es determinado por cada operadora de transporte. Generalmente, las empresas aplican una tarifa equivalente al 50% o 100% de un pasaje de categoría base, dependiendo de si el animal ocupa un asiento contiguo o si se abona un canon por servicio especial. En el caso de los trenes de pasajeros, se espera una tarifa plana regulada por Trenes Argentinos.
¿Qué sucede si un pasajero alérgico viaja en la misma unidad?
La prioridad de embarque y la asignación de asientos se gestionan para minimizar el contacto. Sin embargo, prevalece el derecho a la salud; si un pasajero acredita una condición médica severa (alergia o fobia documentada), la empresa deberá reubicar al pasajero con la mascota en otro sector de la unidad o reprogramar el viaje en el siguiente servicio disponible sin costo adicional.
¿El perro de asistencia paga pasaje?
No. Bajo la Ley 26.858, los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad viajan de forma gratuita, no requieren contenedor (deben portar su arnés y credencial) y tienen acceso garantizado a cualquier categoría de servicio sin restricciones de peso.



Ver esas raíces expuestas, enormes, retorcidas, es como mirar el esqueleto de un gigante caído.

IMPACTANTE TEMPORAL , VIENTOS HURACANADOS DE 80/ 100 KM EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, PARQUE LEZAMA- MORENO – VILLA LUGANO









