
UNA NUEVA MANIFESTACION DEL PLANETA TIERRA - UN TERREMOTO DE MAGNITUD 5,9 SACUDE JAPON -


La Agencia de Gestión de Incendios y Catástrofes de Japón indicó que al menos 37 personas resultaron heridas tras el temblor, entre ellas una que se encuentra en estado grave. Añadió que un edificio también resultó dañado en la prefectura de Saitama. En Tokio, algunos servicios regionales de tren también se vieron interrumpidos. La primera ministra japonesa Sanae Takaichi explicó que el sísmo se sintió en toda la capital y en las prefecturas de Ibaraki, Saitama y Chiba. Señaló que las autoridades estaban "adoptando las medidas adecuadas" y que había pedido a los responsables que evaluaran el alcance de los daños y que "facilitaran a la población información puntual y precisa de agua en algunos distritos de la capital . Durante la madrugada del domingo 23 de agosto se registró un sismo de magnitud 5.9 que sacudió el este de Japón. En redes sociales se difundieron videos que muestran cómo los edificios y diversos objetos comenzaron a moverse y tambalearse debido a la fuerza del temblor, evidenciando momentos de pánico entre algunos residentes. En las zonas de rascacielos de Tokio, Saitama y Chiba, el sismo provocó un balanceo prolongado que continuó por varios minutos después del movimiento principal. El temblor, que duró hasta un minuto, comenzó a percibirse de forma intensa casi inmediatamente después de que se activaran las alertas de emergencia. Algunos habitantes describieron el sonido de la alerta en Tokio, en medio de la oscuridad y el silencio de la madrugada, como un momento que infundió temor. Las cámaras de la televisora pública NHK captaron una tubería subterránea de agua rota en la zona de Kiyosumi (en el distrito de Kōtō, Tokio), lo que provocó que el agua se derramara sobre la vía pública. Además, se reportaron ligeros apagones, dejando temporalmente sin electricidad a unas 460 viviendas en el distrito de Meguro, en la capital.


HOY ARGENTINA TE DICE HASTA SIEMPRE MESSI -- LOS ARGENTINOS TE SEGUIREMOS IDOLATRANDO -



CON LA RESOLUCION DE LA HONORABLE CAMARA DE JUSTICIA - LOS RESULTADOS ABREN OTRAS DIFERENTES OPORTUNIDADES -
La conversación con los periodistas Gustavo Adolfo Ojeda y Facundo Sagardoy tomó como punto de partida una columna de opinión de su autoría publicada en el diario EL LIBERTADOR, en la cual aborda las implicancias del reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ante el planteo promovido por veteranos de guerra contra el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.
Al evaluar el fallo del máximo Tribunal, Aquino Britos precisó que la Corte resolvió desestimar la demanda sin ingresar al tratamiento del fondo de la cuestión.
El Tribunal fundamentó su decisión en la ausencia de una «legitimación concreta y puntual» por parte de los excombatientes, ratificando el criterio de que, si bien el concepto de soberanía involucra a toda la ciudadanía, su ejercicio corresponde estrictamente a los órganos constituidos del Estado.
Aunque manifestó su personal discrepancia con esta doctrina restrictiva de la legitimación activa, el jurista reconoció que el fallo guarda coherencia con la jurisprudencia pacífica que el Tribunal viene aplicando en causas análogas, como las impulsadas por el Colegio de Abogados de Buenos Aires o la Gobernación de La Rioja.

REMOLCADOR PARAGUAYO CHOCÓ CONTRA LABASE DEL PUENTE "CHACO-CORRIENTES" Y SE SOLTARON 5 BARCAZAS.





CON LA RESOLUCION DE LA HONORABLE CAMARA DE JUSTICIA - LOS RESULTADOS ABREN OTRAS DIFERENTES OPORTUNIDADES -
La conversación con los periodistas Gustavo Adolfo Ojeda y Facundo Sagardoy tomó como punto de partida una columna de opinión de su autoría publicada en el diario EL LIBERTADOR, en la cual aborda las implicancias del reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ante el planteo promovido por veteranos de guerra contra el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.
Al evaluar el fallo del máximo Tribunal, Aquino Britos precisó que la Corte resolvió desestimar la demanda sin ingresar al tratamiento del fondo de la cuestión.
El Tribunal fundamentó su decisión en la ausencia de una «legitimación concreta y puntual» por parte de los excombatientes, ratificando el criterio de que, si bien el concepto de soberanía involucra a toda la ciudadanía, su ejercicio corresponde estrictamente a los órganos constituidos del Estado.
Aunque manifestó su personal discrepancia con esta doctrina restrictiva de la legitimación activa, el jurista reconoció que el fallo guarda coherencia con la jurisprudencia pacífica que el Tribunal viene aplicando en causas análogas, como las impulsadas por el Colegio de Abogados de Buenos Aires o la Gobernación de La Rioja.

HOY ARGENTINA TE DICE HASTA SIEMPRE MESSI -- LOS ARGENTINOS TE SEGUIREMOS IDOLATRANDO -


